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Cd. Reynosa, Tamaulipas a 23 de Diciembre del 2021
Circular No.: G321/2021
Asunto: Anteproyecto CONAMER, el Proyecto de Norma Oficial Mexicana NOM-230/1-SE-/2020 Equipos de Microondas para Sistemas Fijo Multicanal punto a punto y punto a Multipunto. Parte 1: Acceso Múltiple.

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Hacemos de su conocimiento que la Secretaría de Economía ha dado a conocer como Anteproyecto CONAMER, el Proyecto de Norma Oficial Mexicana NOM-230/1-SE-/2020 Equipos de Microondas para Sistemas Fijo Multicanal punto a punto y punto a Multipunto. Parte 1: Acceso Múltiple.

Objetivo y Campo de aplicación:

Establecerá las especificaciones técnicas y los métodos de prueba que deben cumplir los equipos de radiocomunicación a utilizarse en un sistema de radio acceso múltiple medio de enlaces de microondas punto a punto y/o punto a multipunto en la banda de 2 300 a 2 450 MHz.

Especificaciones:

Todos los equipos de radiocomunicación a utilizarse en un sistema de radio acceso múltiple por medio de enlaces de microondas punto a punto y/o punto a multipunto en la banda de 2 300 a 2 450 MHz que deseen importarse, comercializarse y/o distribuirse dentro del territorio nacional deben cumplir con las especificaciones establecidas en la Disposición Técnica IFT-014-2018. EQUIPOS DE MICROONDAS PARA SISTEMAS FIJO MULTICANAL PUNTO A PUNTO Y PUNTO A MULTIPUNTO. PARTE 1: RADIO ACCESO MÚLTIPLE, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 26 de noviembre del 2018.

Procedimiento de Evaluación de la Conformidad (PEC):

Deberá ser realizada por personas acreditadas y aprobadas por la SE y autorizadas por el Instituto Federal de Telecomunicaciones en la Disposición Técnica IFT-014-2018. EQUIPOS DE MICROONDAS PARA SISTEMAS FIJO MULTICANAL PUNTO A PUNTO Y PUNTO A MULTIPUNTO. PARTE 1: RADIO ACCESO MÚLTIPLE, emitida por el Instituto Federal de Telecomunicaciones y publicada en el Diario Oficial de la Federación el 26 de noviembre del 2018, o la que lo sustituya.

Para efectos de lo anterior se utilizarán los procedimientos de evaluación de la conformidad contenidos en la “Resolución mediante la cual la Comisión Federal de Telecomunicaciones expide los procedimientos de evaluación de la conformidad de productos sujetos al cumplimiento de Normas Oficiales Mexicanas de la competencia de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes a través de la Comisión Federal de Telecomunicaciones”, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 11 de agosto del 2005, o el documento que lo sustituya.

Importante: La presente Norma no tiene antecedentes ligados al Anexo 2.4.1 (Anexo NOM), sin embargo, dado el alcance que tiene sobre los equipos de radiocomunicación objeto de la NOM-230/1-SE-2020, a utilizarse en un sistema de radio acceso múltiple por medio de enlaces de microondas punto a punto y/o punto a multipunto en la banda de 2 300 a 2 450 MHz que deseen importarse, es que se da a conocer en calidad de informativa.

NOM-230-1-SE-2020_ 2020-10-05.pdf

Link de consulta: https://cofemersimir.gob.mx/portales/resumen/52992

ATENTAMENTE


LIC. ANEL CASTILLA PONCE
DEPTO. JURÍDICO
RUBRICA