Mercancía:
País de origen:
Fracción arancelaria:
Resolución:
ü Se prorroga la vigencia de la cuota compensatoria de 99.9% por cinco años más, contados a partir del 11 de noviembre del 2020.
ü Los importadores no estarán obligados al pago de las Cuotas Compensatorias, si comprueban que el país de origen de la mercancía es distinto a Japón.
Vigencia:
Link de consulta: https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5637996&fecha=13/12/2021