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Cd. Reynosa, Tamaulipas a 24 de Diciembre del 2021
Circular No.: G325/2021
Asunto: Periodo de transición para emitir correctamente la factura electrónica con complemento Carta Porte sin multas y sanciones (Comunicado SAT 084/2021).

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Hacemos de su conocimiento que el Servicio de Administración Tributaria, publicó en su portal el comunicado número 084/2021, mediante el cual se informa que habrá un periodo de transición para emitir correctamente la factura electrónica con complemento Carta Porte sin multas y sanciones.

A continuación, lo más relevante del comunicado antes citado:

El Complemento Carta Porte no se requiere para la circulación dentro de las ciudades. Es decir, si algún chofer de bicicleta, motocicleta o automóvil entrega mercancía dentro de su localidad, no necesita complemento Carta Porte. Tampoco será necesario para camionetas y grúas de carga ligera que transiten por vías locales.

Otro punto importante es que solo las autoridades federales son las facultadas para requerir el complemento Carta Porte; ni la policía municipal, ni estatal pueden requerirlo.

Las siguientes simplificaciones administrativas se otorgarán para el complemento Carta Porte:


Para mayor referencia se adjunta el comunicado.

Comunicado Carta Porte.pdf



Cualquier duda o comentario, favor de comunicarse al Departamento Jurídico de esta Asociación.




Sin otro particular, reciban un cordial saludo.
ATENTAMENTE


LIC. ANEL CASTILLA PONCE
DEPTO. JURÍDICO
RUBRICA